El pleno del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) aprobó los nuevos lineamientos de paridad e inclusión para el próximo proceso electoral y obliga a proponer candidatas a las Alcaldías de ocho municipios como Zapopan.
Los consejeros electorales decidieron que sólo deben postular mujeres para las Presidencias municipales de Tonalá, San Juan de los Lagos, Ixtlahuacán de los Membrillos, La Barca,
Autlán de Navarro, Chapala y Poncitlán, además de Zapopan.
La decisión se tomó con base en tres criterios: los municipios donde nunca ha gobernado una mujer, que en total son 49, seguido de los que no tienen posibilidad de reelección del hoy Alcalde, la lista se redujo a 16.
Y finalmente, estos 16 municipios se ordenaron de mayor a menor población, y decidieron hacerlo con la mitad de los enlistados, según los datos del Censo 2020 del Inegi.
La justificación fue fortalecer la equidad en la contienda electoral y garantizar los derechos político electorales de mujeres y de personas pertenecientes a grupos históricamente excluidos.
Además del total de planillas donde los partidos políticos postulen candidaturas a sindicaturas y presidencias municipales, al menos la mitad deberán ser del género femenino.
Este ejercicio está establecido en la fracción LVIII en el artículo 134 del Código Electoral del Estado de Jalisco donde establece que el Instituto debe aprobar los lineamientos de paridad e inclusión dentro de los primeros seis meses del año siguiente a la elección.
La aprobación de estas reglas con dos años de anticipación permitirá a los partidos políticos contar con el tiempo suficiente para identificar, formar sus cuadros políticos y diseñar sus estrategias electorales de cara al proceso 2026-2027, de manera paritaria e incluyente.
El acuerdo aprobado establece más de diez acciones afirmativas que atienden con evidencia estadística las brechas de representación de mujeres y grupos históricamente discriminados, como personas indígenas, con discapacidad, LGBTTTIQ+, jóvenes y jaliscienses en el extranjero.

En cuanto a las candidaturas para diputaciones locales por mayoría relativa deberán todas integrarse de manera paritaria entre géneros, y las personas no binarias, queer y todas aquellas identidades de género distintas al binario serán contabilizadas en los espacios asignados al género masculino.
Las candidaturas a diputaciones de representación proporcional podrán ser encabezadas por hombre o mujer de manera indistinta y alternando los sexos.
Otra medida para los partidos políticos es postular en los primeros ocho lugares de la lista de representación proporcional a una persona que pertenezca a las comunidades indígena, con discapacidad, de la diversidad sexual (LGBTTIQ+), juventudes o jaliscienses residentes en el extranjero para garantizar que lleguen al cargo.
Y si no lo hacen deben postular a personas de alguno de estos grupos para diputación por mayoría relativa en alguno de los cinco distritos más competitivos que tengan.
En cuanto a las candidaturas a Presidencias municipales en la comunidad indígena se agrega Chimaltitán a la lista de municipios obligados a hacerlo, además de Mezquitic, Cuautitlán de García Barragán, Tuxpan, Bolaños y Zapotitlán de Vadillo.
El rango de edad para ser candidato por el grupo de juventudes se redujo de 35 a 29 años como tope máximo, debe haber al menos una planilla en los 20 municipios más poblados encabezada por una persona joven y todos los partidos deberán postular una fórmula joven en cada planilla municipal.
Para cumplir con los criterios de paridad e inclusión pueden combinarse las postulaciones en una misma persona, es decir, puede ser joven, discapacitado o indígena o viceversa.
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