El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) asumió el cargo de liquidador de CIBanco y comenzó el pago a los ahorradores de los depósitos y demás operaciones consideradas como obligaciones garantizadas sujetas a la cobertura del seguro de depósitos bancario.
La CNBV publicó este 13 de octubre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) edición vespertina, el Oficio de Revocación de Autorización para organizarse y operar como Institución de Banca Múltiple a CIBanco, S.A., Institución de Banca Múltiple, por parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
El pago de las obligaciones garantizadas se realiza hasta el límite de la cobertura equivalente a 400,000 Unidades de Inversión (UDIS), sin recurrir a recursos públicos y con cargo al Fondo de Protección al Ahorro Bancario, el cual se integra por las cuotas que las instituciones de banca múltiple están obligadas a pagar al IPAB.
Los activos de CIBanco se han reducido y representan el 0.44 por ciento del total de activos del sistema bancario, por lo que su liquidación no implica un riesgo para el resto del sistema financiero del país.
El sistema bancario en México continúa con niveles de capitalización y solvencia suficientes que dan seguridad al ahorro de los depositantes mexicanos.

La Asamblea General de Accionistas de CIBanco pidió el 8 de octubre de 2025 el cambio a la CNBV, quienes solicitaron de manera voluntaria la revocación de dicha autorización.
El 9 de octubre de 2025, la Junta de Gobierno de la CNBV levantó la intervención de CIBanco y aprobó la revocación de su autorización.
Los accionistas consideraron la mejor opción para salvaguardar los intereses de sus clientes y de la entidad financiera.
De acuerdo con el marco legal, a partir del 10 de octubre de 2025, el IPAB asumió la función de liquidador de CIBanco y, con previo acuerdo de su Junta de Gobierno, inició el pago de las operaciones consideradas como obligaciones garantizadas hasta el límite establecido de 400,000 UDIS por persona y por banco.
Este monto, al 10 de octubre de 2025, corresponde a un monto máximo cubierto de tres millones 424 mil 262.40 pesos conforme a lo dispuesto en la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB) y en la Ley de Instituciones de Crédito.
El pago del seguro de depósitos se realiza con cargo al Fondo de Protección al Ahorro Bancario, el cual se integra con las cuotas que las instituciones de banca múltiple aportan mensualmente, por lo que no se erogarán recursos públicos para el pago de obligaciones garantizadas.
La misión del IPAB es salvaguardar los depósitos bancarios de los pequeños y medianos ahorradores, por lo que no se garantizan depósitos a favor de accionistas, integrantes del consejo de administración y de funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos de CIBanco.
Tampoco se garantizan las operaciones a favor de las personas que fungen como apoderados generales con facultades administrativas o de sus gerentes generales, así como las demás exclusiones de la garantía otorgada por el IPAB señaladas en la LPAB.
No obstante, estas personas conservan sus derechos ante CIBanco en el proceso de liquidación.
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