Los árboles también cuentan la historia de la Ciudad de México. Algunos han permanecido durante siglos en sus territorios y hoy son parte de la memoria, la identidad y la vida cotidiana de las comunidades que los rodean.
Por su valor ambiental, histórico, cultural y simbólico, el Gobierno de la Ciudad de México publicó este 28 de septiembre, en la Gaceta Oficial, nueve decretos mediante los cuales se declara a diez ejemplares arbóreos como Patrimonio Natural de la capital.
La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA), a través de la Dirección General del Sistema de Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Valor Ambiental (DGSANPAVA), estará a cargo de la protección y conservación de dichos ejemplares mediante planes de manejo con criterios técnicos y ambientales.
Los árboles se localizan en las alcaldías Benito Juárez, Coyoacán, La Magdalena Contreras, Azcapotzalco, Xochimilco y Tlalpan. Se trata de siete ahuehuetes, un cedro blanco, un olivo y un encino, reconocidos por sus dimensiones, antigüedad estimada, importancia ecológica y relación con la historia de sus comunidades.
Entre ellos se encuentran “Ahuehuetlan”, en el Parque de las Américas; “Atlahuitl”, en Coyoacán; el “Cedro de Padierna”, en La Magdalena Contreras; y “Los Gemelos de San Álvaro”, en Azcapotzalco. También forman parte de este reconocimiento “Molotla”, “Teuhtli”, “San Cristóbal Xallan” y “Tlalnahuac”, en Xochimilco, así como “Diamante Tepeximilpa”, un encino cuya antigüedad se estima en aproximadamente 400 años, en Tlalpan.
Más allá de sus características físicas, algunos de estos ejemplares están ligados a antiguos asentamientos, tradiciones agrícolas y referentes territoriales que han dado identidad a barrios y pueblos originarios. Su permanencia permite mantener vivo el vínculo entre las comunidades y el entorno natural que las ha acompañado a lo largo del tiempo.
La declaratoria representa también un compromiso para su conservación. Los ejemplares quedan sujetos a un régimen especial de protección que establece restricciones a las intervenciones que puedan afectar su tronco, raíces, copa o ramas, así como a obras, excavaciones o instalaciones que comprometan su integridad. Cualquier actividad deberá ajustarse a los decretos, los planes de manejo y la normatividad ambiental aplicable.
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